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La responsabilidad en los accidentes por impacto, atropello o colisión con animales cinegéticos
09/04/2015

La responsabilidad en los accidentes por impacto, atropello o colisión con animales cinegéticos

En los accidentes de tráfico ocasionados por el atropello de animales considerados especies cinegéticas "será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas". Esta fue una de las principales modificaciones que introdujo la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que entró en vigor el 9 de mayo del pasado año.
 
Según el Anuario Estadístico de Accidentes (PDF), publicado por la Dirección General de Tráfico (DGT), en 2013 se produjeron 562 accidentes con víctimas como consecuencia del atropello de animales sueltos. En ellos, se contabilizaron 6 fallecidos, 35 heridos graves y 707 heridos leves. 
 
Sin embargo, el número de accidentes por atropello de animales es mucho mayor que los que reflejan las cifras de la DGT, puesto que en ellas no se incluyen los que se saldan sin víctimas. Según un información publicada por el diario El País y que hace referencia a datos facilitados por el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, cada año se producen entre 15.000 y 20.000 accidentes por "irrupciones o atropellos de fauna silvestre en las vías de circulación".
 
La relevancia de este tipo de accidentes también queda patente en un estudio realizado el pasado año por el Centro de Estudios de Seguridad Vial Ponle Freno-AXA en el que se concluye que 1 de cada 100 siniestros declarados con garantía de responsabilidad civil se produce por colisión contra animales. En un 61,7% de estos siniestros hay implicados animales de caza, en un 37,7% son protagonistas los animales domésticos y el restante 0,6% son provocados por aves.
 
Este trabajo también pone de manifiesto que el jabalí provoca un 33% de los accidentes con animales, seguido por perros (30%), corzos (17,5%), ciervos (4,2%) y zorros (3,7%).
 
Hasta el 9 de mayo de 2014, la responsabilidad de este tipo de siniestros solía recaer en los propietarios de los cotos adyacentes o en la administración responsable de la vía si no se encontraba en condiciones o señalizada correctamente. Desde esa fecha, con la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, la responsabilidad recae habitualmente del lado del conductor.
 
Sin embargo, existen dos excepciones recogidas en la ley para poder eludir de esa responsabilidad al conductor:
 
  1. Que el atropello del animal sea como consecuencia directa de "una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes". En este supuesto, el responsable será el titular del aprovechamiento cinegético o el propietario del terreno.

  2. Que el accidente se haya producido "como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentabilidad por colisión de vehículos con los mismos". En este caso, la responsabilidad sería del titular de la vía-.
 
 
Seguro de daños por impacto contra animales cinegéticos
 
De cara a los seguros de automóvil, la responsabilidad civil de los daños a personas o bienes que pudiese causar un asegurado vendrían cubiertas por su seguro obligatorio. Ahora bien, ¿qué ocurrirá con los daños del vehículo del asegurado? 
 
Antes de la modificación de la normativa de tráfico, al caer la responsabilidad sobre los cotos o la Administración, sus respectivos seguros de responsabilidad civil se hacían cargo de los costes de la reparación. Ahora, al ser responsabilidad del conductor, ha de ser el propietario del vehículo quien asuma ese gasto. 
 
Ante este cambio, las compañías de seguros adaptaron los productos destinados a conductores para adecuarlos a las nuevas necesidades de sus clientes, en la mayor parte de los casos ofreciendo la cobertura de daños propios por impacto contra animales cinegéticos como una garantía optativa de las pólizas básicas sin que fuese necesario contar con un seguro a todo riesgo. 
 
En el caso de Allianz, esta cobertura se incluye en las pólizas que también cubren los daños por incendio, robo o fenómenos naturales.
 
 
Tramitación del parte de accidente
 
Para poder tramitar con éxito el parte de un accidente por el atropello de un animal es preciso contar con un atestado policial del siniestro en el que se indiquen las causas del mismo. Por ello, es imprescindible avisar a la guardia civil o a la autoridad competente en materia de tráfico en la vía en la que haya tenido lugar el siniestro.
 
Una vez tramitado el siniestro y comprobado que está cubierto por la póliza, la compañía de seguros se hará cargo del coste de reparación del vehículo para dejarlo en el mismo estado en el que se encontraba antes del siniestro. 
 
Puede darse el caso que por el elevado coste de los daños sufridos el vehículo sea declarado siniestro total. En ese caso, la compañía entregará al asegurado una indemnización que dependerá del valor del bien reflejado en la póliza: valor a nuevo, venal, valor de reposición o de mercado o valor venal mejorado. En una entrada anterior explicamos con todo detalle estos conceptos.
 
Si usted suele circular por zonas en las que habiten animales de especies cinegéticas (jabalí, ciervo, corzo, gamo...), nuestra recomendación es clara: le conviene que su póliza de seguro de coche incluya los daños producidos en su vehículo con la colisión con especies cinegéticas. En la mayor parte de los casos, además, le cubrirán en el hipotético caso de que choque contra un animal doméstico.

 

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